Ayudas para parados de larga duración 2017



Ayudas para parados de larga duración: Plan Prepara, Renta Activa de Inserción y Programa Extraordinario de Activación para el Empleo. 

Estos son los requisitos que deben cumplir para acceder a las distintas ayudas disponibles en el Sistema Público de Empleo.

¿Cuáles son las tres ayudas para desempleados de larga duración?

Existen tres ayudas extraordinarias para parados de larga duración que tienen carencia de rentas y que han agotado todos los subsidios y prestaciones ordinarios. Dos de ellas llevan varios años funcionando (RAI y Plan Prepara). El Programa de Activación para el Empleo (PAE), comenzó en enero de 2015 y el gobierno ha anunciado su prórroga hasta el 15 de abril de 2017.
No se trata de ayudas alternativas, sino que cada una se debe pedir en un momento concreto.
Cuando un desempleado de larga duración agota todas las prestaciones o subsidios por desempleo, comprobará si tiene derecho a alguna de las ayudas extraordinarias :
  1. Si es desempleado de larga duración mayor de 45 años, discapacitado (>33%), víctima de violencia de género o emigrante retornado, deberá consultar si puede pedir la Renta Activa de Inserción ( RAI )
  2. Si no cumple los requisitos de la RAI, puede solicitar el Plan Prepara.  Si ya agotó la RAI, no podrá pedir el Plan Prepara después.
  3. Si agotó la RAI y/o el Plan Prepara, y no tiene derecho a ninguna otra ayuda, la tercera opción es el Programa de Activación para el Empleo (PAE), para desempleados de larga duración con responsabilidades familiares,  que es la última de las ayudas posibles.
A continuación explicamos cada una de ellas.  Las tres tienen en común que solo se pueden solicitar si existe carencia de rentas y si se han agotado todos los subsidios y prestaciones por desempleol ordinarios 

1- LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)


La Renta Activa de Inserción (RAI), es una ayuda de 426 euros mensuales, que se otorga  por periodos de 11 meses renovables hasta tres veces (en total 33 meses) que se concede en cuatro casos:
  • para desempleados de larga duración mayores de 45 años,
  • para desempleados de larga duración con discapacidad superior al 33%
  • víctimas de violencia de género
  • emigrantes retornados.
En los dos primeros casos, se considera que es parado de larga duración el trabajador que ha estado inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo al menos 12 o más meses, es decir, un año apuntado al paro y además cumple el resto de requisitos generales de la ayuda.

2- EL PLAN PREPARA

El Plan Prepara, para parados de larga duración, o para quienes tengan responsabilidades familiares y hayan agotado todas las prestaciones o subsidios.
El Plan Prepara (+info) es una ayuda extraordinaria que se debe solicitar antes de que pasen dos meses después de agotar la última prestación o subsidio por desempleo. Se puede solicitar si se tienen cargas familiares o si se es parado de larga duración. Se considera “parado de larga duración” al trabajador que ha estado inscrito como demandante de empleo al menos 12 meses de los últimos 18 meses.
En resumen los requisitos de esta ayuda son:
  • Llevar inscrito como demandante de empleo al menos 12 meses en los últimos 18 o bien tener cargas familiares
  • Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que hayan pasado dos meses desde esa fecha.
  • No tener derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni a beneficiarse de ningún otra ayuda por desempleo, como la RAI.
  • No haber cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo, como por ejemplo, el PRODI, el anterior plan Prepara, la Renta Agraria, o la Renta Activa de Inserción (RAI).
  • Tener carencia de rentas.

3- EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE ACTIVACION PARA EL EMPLEO (PAE)


El Programa Extraordinario de Activación para el Empleo es una ayuda de carácter extraordinario que se puede solicitar desde enero de 2015 y que el gobierno acaba de ampliar un año más en su vigencia, hasta el 15 de abril de 2017.  Es una ayuda que actualmente han podido recibir unos 100.000 desempleados de larga duración, una cantidad relativamente baja si se tiene en cuenta que el 45% de los desempleados inscritos no recibe ya ningún tipo de ayuda. El motivo de este bajo porcentaje de solicitudes es que los requisitos son muy estrictos y que es una ayuda que deja fuera a los desempleados que no tengan hijos o cónyuge a su cargo, es decir, aquellos sin responsabilidades familiares.
Básicamente, esta ayuda de 426 euros durante seis meses está dirigida a parados de larga duración con responsabilidades familiares, inscritos en el paro a fecha 1 abril de 2016, que han agotado necesariamente todas las ayudas posibles (incluyendo Prepara o la tercera RAI) y que llevan al menos seis meses sin cobran ningún subsidio o prestación.

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